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LEY 980 de 2005

por la cual se modifica el artículo 13 de la Ley 178 de diciembre 30 de 1959.

Tipo
LEY
Número
980
Año
2005
Entidad
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º.

Modifíquese el articulo 13 de la Ley 178 de 1959, cuyo texto quedará así:

"Artículo 13. La totalidad de los recursos recaudados y entregados por los Tesoreros Municipales a Centrales Eléctricas del Cauca, Cedelca S. A.ESP,producto del impuesto previsto en la Ley 178 de 1959, tendrán destinación específica, para lo cual serán invertidos por la Electrificadora en la ejecución de obraspara el departamento del Cauca en plantas y equipos de generación, con sus respectivas líneas de conexión, así como en el conjunto de líneas y subestaciones con sus equipos asociados, que componen las redesdedistribución y de interconexión, como también en las obras eléctricas y civiles que hagan parte de los planes de expansión que vaya aprobando la empresa, así como en el mantenimiento, conservación, rehabilitación y recuperación de plantas, subestaciones, redes, etc., y los equipos asociados a estas, comoen la modernización tecnológica de todo su sistema técnico operativo. Todas estas obras deben cumplir con los principios y disposiciones establecidas en las Leyes 142 y 143 de 1994, así como en las normas que lasmodifiquen y reglamenten".

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 13 LEY 178 de 1959

Artículo 2º.

Vigencia. Esta ley entra a regir a partir de su promulgación y deroga todas aquellas normas que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Humberto Gómez Gallo.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.

La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes;

Zulema del Carmen Jattin Corrales.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y ejecútese.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2005.

ALVARO URIBE VÉLEZ La Viceministra General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gloria Inés Cortés Arango.

El Ministro de Minas y Energía, Luis Ernesto Mejía Castro.

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