DECRETO 348 de 2013
por el cual se modifica la estructura de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 348
- Año
- 2013
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso final del artículo 2° del Decreto-ley número 4144 de 2011 dispuso que la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar será ejercida por el Vicepresidente de Desarrollo Organizacional de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).
Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° del Decreto-ley número 4144 de 2011, se encuentra adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que para efecto de asegurar el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y facilitar su manejo presupuestal, se considera necesario asignar al Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), el manejo de los recursos que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y su Secretaría Técnica requieran para asumir eficiente y oportunamente las funciones que les han sido asignadas.
Que la Junta Directiva de Coljuegos, en reunión celebrada el 8 de febrero de 2013, como consta en el Acta número 014-2013, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional, la modificación de su estructura,
DECRETA:
Artículo 1°.
Adición. Adiciónase el artículo 11 del Decreto número 4142 de 2011, con un numeral, así:
"18. Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y su Secretaría Técnica, dentro de los límites legales".
Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 11 DECRETO 4142 de 2011
Artículo 2°.
Elaboración del presupuesto. Coljuegos deberá incluir anualmente, dentro de su Presupuesto, el rubro destinado a cubrir todos los gastos que requiera el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y su Secretaría Técnica, para garantizar el eficiente y oportuno cumplimiento de las funciones a ellos asignadas en virtud del Decreto-ley número 4144 de 2011 y las normas que lo complementen y adicionen.
Artículo 3°.
Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 11 del Decreto número 4142 de 2011.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2013.
Publíquese y cúmplase.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodriguez Taylor.
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