LEY 1522 de 2012
por medio de la cual se declara patrimonio artístico y cultural de la Nación el Festival de Acordeoneros y Compositores Princesa Barají, Festival Nacional de la Cultura y las Fiestas Taurinas de Sahagún, Córdoba
- Tipo
- LEY
- Número
- 1522
- Año
- 2012
- Entidad
- CONGRESO DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°.
Declárese Patrimonio Artístico y Cultural de la Nación el Festival de Acordeoneros y Compositores "Princesa Barají", Festival Nacional de la Cultura y las Fiestas Taurinas que se realizan en el municipio de Sahagún, Córdoba.
Artículo 2°.
Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política y de las establecidas en la Ley 715 de 2001 incorpore en el Presupuesto General de la Nación y/o impulse a través del Sistema de Cofinanciación las Partidas Presupuestales necesarias, con el propósito de contribuir al financiamiento de la construcción del Coliseo Cubierto Cultural y Deportivo y Taurino o de Corralejas "Princesa Barají".
Parágrafo 1°.
El Coliseo Cubierto "Princesa Barají", será de utilización múltiple, tanto para eventos deportivos y culturales como para la realización de festividades taurinas, siempre y cuando los participantes, en este último caso, acrediten su calidad profesional en el área o cuenten con el visto bueno expedido por la Unión Nacional de Toreros Colombianos, Undetoc.
Parágrafo 2°.
En el caso de realización de Corralejas, sus participantes, esto es, los manteros deberán contar con el aval de Undetoc o de quien en razón de su conocimiento pudiere señalar su idoneidad y capacidad para la realización de este espectáculo.
Artículo 3°.
El Gobierno, a través del Ministerio de Cultura, proveerá los recursos necesarios para adelantar campañas de promoción y divulgación del Festival de Acordeoneros y Compositores "Princesa Barají", Festival Nacional de la Cultural y de las Fiestas Taurinas.
Artículo 4°.
Reconózcase el Premio "Princesa Barají", a aquellos compositores que participen en los concursos convocados por el Festival en el que demuestren sus conocimientos en la interpretación de notas musicales a través del acordeón. Así mismo, para quienes mediante la composición rescaten la cultura e idiosincrasia del pueblo costeño, para lo cual el Ministerio de Cultura contribuirá con la realización de este evento.
Parágrafo.
Las Directivas del Festival, en coordinación con el Ministerio de Cultura, determinarán el reconocimiento a los galardonados del premio "Princesa Barají".
Artículo 5°.
Autorícese al Gobierno Nacional para efectuar los créditos y contracrédítos a que haya lugar, así como los traslados presupuestales que garanticen el cumplimiento de la presente ley.
El Presidente del honorable Senado de la República, Juan Manuel Corzo Román.
El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Simón Gaviria Muñoz.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
REPÚBLICA DE COLOMBIA GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de abril de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Arce Zapata.
La Ministra de Cultura, Mariana Garcés Córdoba.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
LEY 2564 de 2026
-
LEY 2565 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(12/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2566 de 2026
-
LEY 2567 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(19/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2568 de 2026