LEY 1398 de 2010
Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los160 años de la fundación del municipio de Caldas en el departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- LEY
- Número
- 1398
- Año
- 2010
- Entidad
- CONGRESO DE COLOMBIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°.
La Nación se asocia a la celebración de los 160 años de la fundación del municipio de Caldas, en el departamento de Antioquia celebrados el día 20 de septiembre del año 2008 y rinde homenaje a sus primeros pobladores y a quienes les han dado lustre y brillo en sus años de existencia.
Artículo 2°.
Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento del artículo 102 de la Ley 715 de 2001, incluya dentro del Presupuesto General de la Nación, las partidas presupuestales para concurrir a la finalidad de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de Caldas en el departamento de Antioquia:
- Obras de saneamiento ambiental.
- Infraestructura vial.
Artículo 3°.
Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno Nacional en virtud de esta ley, se incorporarán en los Presupuestos Generales de la Nación, de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal, en primer lugar, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto. Y en segundo lugar, de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia fiscal.
Artículo 4°.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
El Presidente del honorable Senado de la República, Javier Enrique Cáceres Leal.
El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Édgar Alfonso Gómez Román.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de julio de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Óscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego Henao.
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