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LEY 1308 de 2009

por medio de la cual se autorizan apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras en el municipio de El Dovio, departamento del Valle del Cauca, con motivo de la vinculación de la Nación y el Congreso de la República al primer cincuentenario de su fundación.

Tipo
LEY
Número
1308
Año
2009
Entidad
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron el día primero (1°) de febrero de 2007.

Artículo 2°.

A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración del centenario del municipio de El Dovio, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran, entre las que se encuentran:

Dotación Hospital Santa Lucía $ 50.000.000 Terminación del Cuartel Defensa Civil $ 50.000.000 Terminación Cuartel de Bomberos $ 70.000.000 Adquisición de vehículo para la estación de policía $ 80.000.000 Adecuación Palacio Municipal $ 150.000.000 Pavimentación vías urbanas $ 350.000.000 Mejoramiento de vivienda rural $ 500.000.000 TOTAL $ 1.250.000.000

Artículo 3°.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento del Valle del Cauca y/o el municipio de El Dovio.

Artículo 4°.

Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Hernán Andrade Serrano.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Germán Varón Cotrino.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de junio de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

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