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LEY 1302 de 2009

por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los ciento cuarenta y dos años de fundación del municipio de Alvarado, departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones.

Tipo
LEY
Número
1302
Año
2009
Entidad
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

La Nación se asocia a la celebración de los ciento cuarenta y dos años de la fundación del municipio de Alvarado, los cuales se cumplirán el 25 de julio de 2008.

Artículo 2°.

Autorízase al Gobierno Nacional de conformidad con lo dispuesto en los artículos 288 y 366 de la Constitución Nacional en armonía con los artículos 200 numeral 3 y 150 numerales 3 y 9 de la misma, para asignar dentro del Presupuesto Nacional, las apropiaciones necesarias, así como los créditos y traslados presupuestales, para la realización en coordinación con el departamento del Tolima y el municipio de Alvarado, de las siguientes obras de interés social y cultural:

Construcción y dotación del Coliseo de Ferias y Exposiciones del municipio de Alvarado.

Artículo 3°.

La presente ley rige a partir de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República, Hernán Andrade Serrano.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Germán Varón Cotrino.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

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