LEY 1143 de 2007
por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos”, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006.
- Tipo
- LEY
- Número
- 1143
- Año
- 2007
- Entidad
- CONGRESO DE COLOMBIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY APROBATORIA DE TRATADO El Congreso de Colombia Visto el texto del “Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos”, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006, que a letra dice:
(para ser transcrito: se adjunta fotocopia del texto íntegro del instrumento Internacional mencionado).
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Bogotá, D. C., Autorizado. Sométanse a la consideración del honorable Congreso de la República para los efectos constitucionales (Fdo.) ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Relaciones Exteriores, (Fdo.) María Consuelo Araújo Castro.
DECRETA:
Artículo 1°.
Apruébase el “Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos”, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006.
Artículo 2°.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el “Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos”, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006, que por el artículo 1° de esta ley se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Artículo 3°.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
La Presidenta del honorable Senado de la República, Dilian Francisca Toro Torres.
El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Alfredo Ape Cuello Baute.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL Comuníquese y cúmplase.
Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de julio de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Relaciones Exteriores, Fernando Araújo Perdomo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leyva.
El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.
El Ministro de Comercio Exterior, Luis Guillermo Plata Páez.
NOTA: Por su extensión los anexos de esta norma pueden ser consultados en el Diario Oficial 46679.pdf
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