LEY 1057 de 2006
por medio del cual se rinde Homenaje a Su Santidad Juan Pablo II.
- Tipo
- LEY
- Número
- 1057
- Año
- 2006
- Entidad
- CONGRESO DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de la República
DECRETA:
Artículo 1º.
Expídase la presente ley de honores en memoria del Su Santidad Juan Pablo II, jerarca de la iglesia católica en el mundo, en homenaje a sus vida y obra evangelizadora en pro de la unidad de la iglesia.
Artículo 2º.
Exáltese las enseñanzas apostólicas de Su Santidad Juan Pablo II como mensaje a los dirigentes del mundo para defender auténticos principios y valores para la sociedad, sin distingo de religión o credo.
Artículo 3º.
Autorícese al Gobierno Nacional para que incluya, dentro del Presupuesto General de la Nación, las partidas presupuestales para el Fondo de Publicaciones del Congreso de la Republica, Senado, con el fin de publicar una edición de 2.500 ejemplares que difundan, entre otros, aspectos de la vida de Su Santidad y las 14 Encíclicas papales de Juan Pablo II como mensaje de reconciliación entre las naciones y de respeto a la libertad de cultos. 200 ejemplares de dichos libros se repartirán entre bibliotecas públicas, parroquias y comunidades religiosas del país y los 500 restantes se repartirán, 1 para cada uno de los miembros del Congreso de la República y los que sobren quedarán a disposición del Fondo de Publicaciones del Congreso, quien podrá distribuirlos como considere pertinente.
Artículo 4º.
Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno Nacional en virtud de esta ley, se incorporan en los presupuestos generales de la Nación de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestal, en primer lugar reasignado los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento de presupuesto. Y el segundo lugar, de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia fiscal.
Artículo 5º.
La presente ley rige a partir de su promulgación.
La Presidenta del honorable Senado de la República, Claudia Blum de Barberi.
El Secretario General del honorable Senado de la República Emilio Ramón Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Julio E. Gallardo Archbold.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.
REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Cultura Elvira Cuervo de Jaramillo
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