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LEY 1039 de 2006

por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 100 años de labores del Instituto Integrado Carrasquilla Industrial, del municipio de Quibdó, departamento del Chocó y se dictan otras disposiciones.

Tipo
LEY
Número
1039
Año
2006
Entidad
CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º.

En atención a que, el 10 de octubre de 2005, el Instituto Integrado Carrasquilla Industrial de la ciudad de Quibdó cumple 100 años de ininterrumpida y fructífera vida académica, lapso en el que el precitado centro educativo ha brindado a toda la comunidad quibdoseña y chocoana en general la oportunidad de una formación académica e intelectual básicas para su desarrollo económico y social; la Nación se asocia a la celebración de tal efemérides y exalta la encomiable y patriótica labor educativa desarrollada en forma abnegada por dicha institución.

Artículo 2º.

Considerando el significativo aporte que a lo largo de sus 100 años el Instituto Integrado Carrasquilla Industrial ha realizado al desarrollo del pueblo chocoano, la Nación se asocia a la celebración de sus 100 años de labores asignando dentro del Presupuesto General de la Nación las sumas necesarias para ejecutar las siguientes obras:

1. Restauración y ampliación de la planta física.

2. Construcción de un polideportivo.

3. Dotación de muebles y enseres.

4. Construcción y dotación de una sala de sistemas.

5. Construcción y dotación de una biblioteca.

6. Remodelación y dotación del taller de ebanistería.

7. Remodelación y dotación del taller de electrónica.

8. Construcción y dotación de un laboratorio de física.

9. Construcción y dotación de un laboratorio de química.

Artículo 3º.

Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación, las apropiaciones específicas para la realización de las obras relacionadas en el artículo anterior.

Artículo 4º.

La presente ley rige a partir de su aprobación, sanción y publicación.

La Presidenta del honorable Senado de la República, Claudia Blum de Barberi El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Julio E. Gallardo Archbold El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

La Ministro de Cultura, Elvira Cuervo de Jaramillo.

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