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LEY 770 de 2002

por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración del natalicio del ilustre hombre público José María Villa.

Tipo
LEY
Número
770
Año
2002
Entidad
CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

Con motivo de cumplirse los ciento cincuenta (150) años del nacimiento del ilustre ingeniero José María Villa, la Nación colombiana exalta su vida y obra como modelo de dignidad y consagración al servicio de la comunidad.

Artículo 2°.

El Gobierno Nacional en asocio con el departamento de Antioquia construirá en el municipio de Sopetrán una Unidad Educativa, la cual llevará el nombre del ingeniero José María Villa.

Artículo 3°.

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transporte, y en desarrollo del artículo 6º -Sector Transporte- de la Ley 508 de 1999 "Plan Nacional de Desarrollo", ordenará la construcción de la carretera Túnel de Occidente-San Jerónimo - Sopetrán y la pavimentación del tramo comprendido entre los municipios de Belmira-Horizontes- Sopetrán en el departamento de Antioquia. En ambas obras se ubicarán sendas placas en conmemoración de los ciento cincuenta años (150) de nacimiento del ingeniero "José María Villa".

Artículo 4°.

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Alfredo Ramos Botero.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, William Vélez Mesa.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de septiembre de 2002.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Educación Nacional, Cecilia María Vélez White.

El Ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego Henao.

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