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LEY 627 de 2000

Por medio de la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto General de la Nación del año 2000, para financiar Subsidios de Vivienda a través del Forec

Tipo
LEY
Número
627
Año
2000
Entidad
CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º.

Contracredítase el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2000, en la suma de cincuenta y cuatro mil seiscientos millones de pesos moneda legal ($54.600.000.000), según el siguiente detalle:

CONTRACREDITOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA. PROG SUBC SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS T O T A L

Sección 0201.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

C.

Presupuesto de Inversión 54.600.000.000 54.600.000.000 530 Atención control y organización Institucional para apoyo a la Gestión del estado 54.600.000.000 54.600.000.000 1000 Intersubsectorial gobierno 54.600.000.000 54.600.000.000 Total Presupuesto Sección 54.600.000.000 54.600.000.000 Total Contracréditos 54.600.000.000 54.600.000.000

Artículo 2º.

Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2000, en la suma de cincuenta y cuatro mil seiscientos millones de pesos moneda legal ($54.600.000.000), según el siguiente detalle: CTA. PROG

SUBC SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS T O T A L

Sección 0207.

Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero C Presupuesto de Inversión 54.600.000.000 54.600.000.000 530 Atención control y organización Institucional para apoyo a la gestión del estado 54.600.000.000 54.600.000.000 1001 Atención de Emergencias y Desastres 54.600.000.000 54.600.000.000 Total Presupuesto Sección 54.600.000.000 54.600.000.000 Total créditos 54.600.000.000

Artículo 3º.

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicació n. El Presidente del honorable Senado de la República,

Mario Uribe Escobar.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Manuel Enríquez Rosero.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Basilio Villamizar Trujillo.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos Calderón.

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