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LEY 439 de 1998

Por la cual se autoriza la construcción del aeropuerto internacional de Villavicencio y se dictan otras disposiciones.

Tipo
LEY
Número
439
Año
1998
Entidad
CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°.

Autorízase la construcción del aeropuerto internacional de Villavicencio.

Artículo 2°.

El Gobierno Nacional procederá a ordenar la celebración de los estudios técnicos y financieros necesarios.

Artículo 3°.

Autorízase al Gobierno Nacional para realizar los traslados y demás operaciones presupuestales necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.

Artículo 4°.

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República, AMYLKAR ACOSTA MEDINA El Secretario General del honorable Senado de la República, PEDRO PUMAREJO VEGA El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, CARLOS ARDILA BALLESTEROS El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, DIEGO VIVAS TAFUR República de Colombia - Gobierno Nacional Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de abril de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Transporte, Rodrigo Marín Bernal.

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