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LEY 394 de 1997

por la cual se rinde homenaje al ciudadano meritorio doctor Antonio Escobar Camargo, asignándole su nombre a una Obra de Interés Público.

Tipo
LEY
Número
394
Año
1997
Entidad
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.

º. El puente que cruza el Río Magdalena y une al Municipio de Plato en el Departamento del Magdalena con el Municipio de Zambrano en el Departamento de Bolívar, se denominará Antonio Escobar Camargo.

Artículo 2.

º. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Fernando Londoño Capurro.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Pedro Pumarejo Vega.

El Presidente del honorable Senado de la República, Giovanni Lamboglia Mazzilli.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Diego Vivas Tafur.

REPUBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de julio de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Carlos Holmes Trujillo García.

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