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DECRETO 315 de 1992

por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 246 del 7 de febrero de 1992.

Tipo
DECRETO
Número
315
Año
1992
Entidad
MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Repúbllca de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 4ş del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

El artículo 2° del Decreto 246 de 1992, quedará así:

"

Artículo 2°.

Con anterioridad a la realización de desfiles, manifestaciones y demás actos de carácter político a efectuarse en los lugares públicos, los interesados deben dar aviso al respectivo Alcalde, quien podrá modificar, entre otros, la fecha de su realización, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 102 del Código Nacional de Policía. En consecuencia, las manifestaciones y demás actos a que se refiere este artículo, que se proyecten realizar durante los días 7, 8 y 9 de marzo de 1992, deberán trasladarse, por el citado funcionario, para cualquier día anterior o posterior a dichas fechas".

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 246 de 1992 Artículo 2ş. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2ş del Decreto 246 de 1992.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 246 de 1992 Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 21 de febrero de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.

El Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana.

El Ministro de Defensa Nacional, Rafael Pardo Rueda.

El Ministro de Comunicaciones, Mauricio Vargas Linares.

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