LEY 309 de 1996
por la cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Salud- para participar en la creación de una institución prestadora de servicios de salud con carácter de sociedad de economía mixta y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- LEY
- Número
- 309
- Año
- 1996
- Entidad
- CONGRESO DE COLOMBIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º.
Autorizase al Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Salud para participar en la creación de una institución con carácter de sociedad de economía mixta, como institución prestadora de servicios de salud, cuyo objeto principal sea la prestación de servicios de salud a la población infantil. y materna del país.
La sociedad que se crea hará parte integrante del sistema de seguridad social en salud y se regirá por las normas y principios de la Ley 100 de 1993.
Artículo 2º.
Para los efectos de la creación de la institución de que trata el artículo 1º de la presente Ley, la Nación por intermedio del Ministerio de Salud buscará la concurrencia de la Fundación Hospital Infantil Lorencita Villegas de Santos.
Artículo 3º.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley, la Nación aportará la suma de tres mil millones de pesos moneda legal ($3.000.000.000), con cargo al Presupuesto General de la Nación.
Parágrafo. Con la constitución de la junta directiva del nuevo ente, se tendrá en cuenta la participación de los trabajadores y usuarios que no podrá ser inferior a la tercera parte de los miembros de la Nación.
Artículo 4º.
Autorizase al Gobierno Nacional para que al momento de crearse la entidad de que trata el artículo 1º de la presente Ley convenga asumir obligaciones prestacionales de su asociado, siempre y cuando dicho monto no afecte el patrimonio de la nueva entidad y se compute como aporte de capital.
Artículo 5º.
El Gobierno Nacional de acuerdo con lo establecido en la Ley 38 de 1989 efectuará los traslados y operaciones presupuestales requeridos para dar cumplimiento a lo previsto en la presente ley.
Artículo 6º.
A los trabajadores que se vinculen a la sociedad cuya creación se autoriza y que vienen trabajando en la Fundación Hospital Lorencita Villegas de Santos se les garantizan los derechos adquiridos, sin que se modifiquen la naturaleza y continuidad de sus respectivos contratos de trabajo, sin perjuicio de que si lo desean se acojan a las disposiciones de la Ley 50 de 1990.
Artículo 7º.
La presente Ley rige a partir de su fecha de su publicación y la modifica todas las disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del honorable Senado de la República, Julio César Guerra Tulena El Secretario General del honorable Senado de la República, Pedro Pumarejo Vega El Presidente la honorable Cámara de Representantes, Rodrigo Rivera Salazar El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Diego Vivas Tafur REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de agosto de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.
La Ministra de Salud, María Teresa Forero de Saade.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
LEY 2564 de 2026
-
LEY 2565 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(12/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2566 de 2026
-
LEY 2567 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(19/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2568 de 2026