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LEY 113 de 1994

por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 25 años de la fundación del Municipio de Saravena, en el Departamento de Arauca y se autoriza un gasto público de inversión social

Tipo
LEY
Número
113
Año
1994
Entidad
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º.

La Nación y el Congreso de la República se asocian a la celebración de los veinticinco años de fundación del Municipio de Saravena, en el Departamento de Arauca, honran la memoria de sus fundadores y el espíritu cívico y progresista de sus gentes y se vinculan con su progreso social y económico.

Artículo 2º.

Con el fin de contribuir con el desarrollo social y económico del Municipio de Saravena y de la región nor-oriental del país, autorízase al Gobierno Nacional para que por intermedio del Ministerio de Transporte -Instituto Nacional de Vías proceda a la reconstrucción y pavimentación de la carretera que une a los Municipios de Saravena, en Arauca, y Pamplona, en Norte de Santander, que hace parte de la Transversal Barrancabermeja-Arauca, de la Red Vial Nacional.

Artículo 3º.

Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales, contratos y demás actos necesarios para el cabal cumplimiento de esta Ley.

Artículo 4º.

Esta Ley rige desde su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Jorge Ramon Elias Nader El Secretario General del honorable Senado de la República, Pedro Pumarejo Vega El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Francisco Jose Jattin Safar El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Diego Vivas Tafur REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 31 de enero de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJIILO El Ministro de Hacienda y Crédito Público Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Transporte, Jorge Bendeck Olivella.

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