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LEY 108 de 1994

por la cual la Nación se asocia a la celebración del Centenario de Versalles, Valle y se dictan otras disposiciones

Tipo
LEY
Número
108
Año
1994
Entidad
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º.

La Nación colombiana se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de la ciudad de Versalles, departamento del Valle del Cauca, ocurrida el 18 de mayo de 1894 y exalta la memoria de sus fundadores:

Julián Ospina Jesús María Gómez Carmelo Arboleda Joaquín Palacio Angel Peña José Taborda Telmo Toro Tomás Gálvez Eugenio Toro Ismael Osorio Antonio María Ospina Heliodoro Obando

Artículo 2º.

Con ocasión de tan importante efemérides, y para impulsar el desarrollo y el embellecimiento de la cabecera municipal, el Gobierno Nacional apropiará recursos en el Presupuesto General en las sumas necesarias para la ejecución de obras públicas que contribuirán al progreso del Municipio dando prioridad a las siguientes:

a) Para construcción del muro de cerramiento del coliseo cubierto; b) Para remodelación del parque principal en el cual se erigirá un monumento a sus fundadores; c) Para ampliación del hotel de turismo.

Parágrafo.
Las sumas que se apropien dentro del Presupuesto Nacional serán giradas a la Tesorería Municipal de Versalles, Valle del Cauca, para inversión directa del Municipio, bajo la vigilancia de la Contraloría General de la República.

Artículo 3º.

Esta Ley rige desde su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Jorge Ramón Elias Nader El Secretario General del honorable Senado de la República, Pedro Pumarejo Vega El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Francisco José Jattin Safar El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Diego Vivas Tafur República de Colombia - Gobierno Nacional Publíquese y ejecútese.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 7 de enero de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

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