DECRETO 307 de 2004
por el cual se regula parcialmente la titularización de cartera hipotecaria prevista en el artículo 12 de la Ley 546 de 1999.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 307
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los objetivos y criterios establecidos en los numerales 2 y 4 del artículo 2° de la Ley 546 de 1999,
DECRETA:
Artículo 1°.
Titularización de cartera hipotecaria. La emisión de títulos por parte de sociedades titularizadoras o sociedades fiduciarias, representativos de títulos emitidos por los establecimientos de crédito y las entidades seńaladas en el artículo 1° de la Ley 546 de 1999 en procesos de titularización de créditos otorgados para financiar la construcción y la adquisición de vivienda es una especie del género de titularización de cartera hipotecaria prevista en el artículo 12 de la Ley 546 de 1999.
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
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