LEY 24 de 1990
por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la ciudad de Armenia y se vincula con la construcción de algunas obras de vital importancia para esta ciudad.
- Tipo
- LEY
- Número
- 24
- Año
- 1990
- Entidad
- CONGRESO DE LA REPÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°.
La Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la ciudad de Armenia, capital del Departamento del Quindío, que tendrá lugar el 14 de octubre de 1989 y rinde tributo de admiración y exaltación a su fundador Jesús María Ocampo Toro “Tigreros”, a las virtudes cívicas y espíritu de superación de sus habitantes.
Artículo 2°.
En desarrollo de los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional participará en la ejecución de las siguientes obras de beneficio común y prioritarias para la ciudad de Armenia así:
1° Mejoramiento y erradicación de asentamientos. La Nación contribuirá con un aporte de doscientos millones de pesos ($ 200.000.000.00) para el programa de erradicación y reubicación de los asentamientos.
2° Mejoramiento, ampliación y dotación de escuelas. La Nación contribuirá con un aporte de cien millones de pesos ($ 100.000.000.00) para distribuirlo en las escuelas urbanas y rurales del Municipio de Armenia.
3° Universidad del Quindío. La Nación contribuirá con un aporte de cien millones de pesos ($ 100.000.000.00) para la terminación de la construcción y demás obras complementarias de la Facultad de Medicina.
4° Túnel del Ferrocarril Armenia-Ibagué. Para la reparación y reconstrucción del túnel ferroviario en inminente peligro de derrumbarse en longitud de 650 metros. La Nación contribuirá con un aporte de cien millones de pesos ($ 100.000.000.00).
5° Otras obras. La Nación contribuirá con un aporte de cien millones de pesos ($ 100.000.000.00) para la solución del problema vial del Municipio de Armenia y resello asfáltico de las calles en vías de uso nacional.
Artículo 3°.
Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 4°.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y nueve (1989).
El Presidente del honorable Senado de la República, LUIS GUILLERMO GIRALDO HURTADO El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, NORBERTO MORALES BALLESTEROS El Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese.
Bogotá, D. E., 7 de febrero de 1990.
VIRGILIO BARCO El Ministro de Gobierno, Carlos Lemos Simmonds. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla. El Ministro de Educación Nacional, Manuel Francisco Becerra Barney. La Ministra de Obras Públicas y Transporte, Luz Priscila Ceballos Ordóñez.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
LEY 2564 de 2026
-
LEY 2565 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(12/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2566 de 2026
-
LEY 2567 de 2026
Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad var date = new Date(19/02/2026); document.write(date.getDate()); DIARIO OFICIAL AÑO CLXI …
-
LEY 2568 de 2026