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LEY 8 de 1990

por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación del Municipio de Betania, en el Departamento de Antioquia, y se dictan otras disposiciones.

Tipo
LEY
Número
8
Año
1990
Entidad
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: LEY ORDINARIA El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1°.

La Nación se asocia a la conmemoración del primer centenario de la fundación del Municipio de Betania en el Departamento de Antioquia, que tuvo lugar el 29 de julio de 1989. Rinde tributo de admiración a sus fundadores y exalta las virtudes cívicas y sociales de sus habitantes, quienes en forma decidida han contribuido al progreso de la región.

Artículo 2°.

De acuerdo con los numerales 17 y 20 del artículo 76 y 79 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para que destine la suma de $ 150.000.000.00 que se invertirán en la reconstrucción, ampliación y pavimentación de la vía que conduce a la ciudad de Medellín en el sector comprendido entre la cabecera del Municipio y la partida hacia el área urbana del Municipio de Andes, punto geográfico conocido popularmente como “Puerto Boy”.

Artículo 3°.

Facúltase al Gobierno Nacional para que con estricta sujeción a los planes y programas de desarrollo realice las operaciones presupuestales correspondientes, haga los empréstitos y celebre los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4°.

La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los...

El Presidente del honorable Senado de la República, LUIS GUILLERMO GIRALDO HURTADO El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, NORBERTO MORALES BALLESTEROS El Secretario General del honorable Senado de la República, Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Luis Lorduy Lorduy.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D. E., 5 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla.

La Ministra de Obras Públicas y Transporte, Luz Priscila Ceballos Ordóñez.

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