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INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA 22 de 2003

Consulta de nombres antes de la Inscripción en el Registro Mercantil

Tipo
INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA
Número
22
Año
2003
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Apreciado Notario:

El Código de Comercio en su artículo 35 establece la obligación de las Cámaras de Comercio de abstenerse de matricular a un comerciante o establecimiento de comercio con el mismo nombre de otro ya inscrito, mientras este no sea cancelado por orden de autoridad competente o a solicitud de quien haya obtenido la matrícula.

Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones permiten que la consulta de nombre se realice en línea, en los sitios web de las Cámaras de Comercio y los Centros de Atención Empresarial que ofrecen este servicio en forma gratuita. Así, el usuario puede conocer si el nombre que va a dar a su empresa no está asignado ya a otra, y puede contar con mayor seguridad al momento de constituir su sociedad o empresa unipersonal.

La Superintendencia de Notariado y Registro apoya los proyectos que impliquen una simplificación de trámites y un mejor servicio al ciudadano. Así, en los casos de otorgamiento de escrituras públicas de constitución de sociedades o de empresas unipersonales, los notarios que dispongan de conectividad deben verificar si la Cámara de Comercio en la que se va a matricular la sociedad o empresa unipersonal ofrece este servicio en línea en forma gratuita. De ser así, deben ingresar al servicio de consulta de nombres y realizar el control de homonimia respectivo.

Dicho servicio no debe generar ninguna erogación adicional para el usuario, y será completamente gratuito.

Reciba un saludo atento, El Superintendente de Notariado y Registro, José Félix Lafaurie Rivera.

(C.F.)

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