DECRETO 303 de 1992
por el cual se modifica el artículo primero del Decreto 1740 de agosto 1° de 1990.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 303
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las que le confiere la Constitución Política, artículo 46,
DECRETA:
Artículo 1ş Modificar el artículo 1ş del Decreto 1740 del 1ş de agosto de 1990, el cual quedará así: "A partir de la vigencia de este Decreto, el segundo domingo del mes de agosto de cada ańo, se celebrará en todos los municipios del país, el Día del Abuelo.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 1 DECRETO 1740 de 1990 Artículo 2ş Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquesey cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 1992 CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana.
El Ministro de Salud, Camilo Gonzalez Posso.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.