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INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA 10 de 2006

Resolución 1335 de 2006, por la cual se fijan los subsidios en dinero para los Notarios de insuficientes ingresos

Tipo
INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA
Número
10
Año
2006
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Apreciado señor Notario:

Pongo en sus manos el marco conceptual, jurídico y de procedimiento conforme al cual el Consejo Asesor del Fondo o Sistema Especial de Manejo de Cuentas de los Notarios y la Superintendencia de Notariado y Registro establecieron las reglas de acuerdo con las cuales se reconocerán y pagarán los subsidios a los Notarios de insuficientes ingresos durante la actual vigencia 2006.

Como usted sabe, la institución del Notario recibió particular atención de parte del señor Presidente de la República y mucho del esfuerzo que hoy se hace es adelantado por los criterios que él tuvo oportunidad de señalar en el pasado XV Foro Nacional de Notariado y Registro en Cartagena de Indias.

Es indudable que un esfuerzo así reclamará de la Superintendencia a mi cargo una rigurosa exigencia de la aspiración expresada, y que todos compartimos, en hacer de los subsidios a los Notarios de insuficientes ingresos una herramienta eficiente de mejoramiento del servicio, de manera primordial, y de sostenimiento de la dignidad del Notario como consecuencia ineludible.

Quiero rogarle la más pulcra y oportuna de las aplicaciones del subsidio. Sobre todo en lo que tiene que ver con el mejoramiento de los estándares del servicio, en la renovación de los equipos, y en el desarrollo tecnológico de la notaría.

Una buena colaboración para todos es que usted lea y examine la providencia adjunta. Cualquier duda será absuelta por la Dirección de Gestión Notarial quien tiene mis instrucciones al respecto.

Reciba, señor Notario, un saludo atento.

Manuel Guillermo Cuello Baute.

(C.F.)

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