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INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA 3 de 2011

Autorización de Locales para el Funcionamiento de Notarías

Tipo
INSTRUCCION ADMINISTRATIVA CONJUNTA
Número
3
Año
2011
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Señores Notarios:

En esta oportunidad me dirijo a ustedes, para dar alcance a la Instrucción 01 del 28 de enero de 2010, proferida por este despacho, respecto al tema mencionado en el asunto.

Comoquiera que la competencia para realizar visitas generales y especiales, recaen en la Superintendencia Delegada para el Notariado conforme a lo dispuesto en el Decreto 412 de 2007, que en su tenor señala:

El artículo 24 del Decreto 412 de 2007, dispone:

"Programar y realizar las visitas de inspección a fin de verificar el cumplimiento de las normas legales que rigen la actividad notarial, así como autorizar las comisiones de servicio de los funcionarios que las practiquen y velar por su cumplimiento, previa la presentación del plan anual de visitas al Superintendente".

Por tanto es esa dependencia a donde deben dirigir las solicitudes de cambio de local, para que previa visita se establezcan las condiciones locativas establecidas en los artículos 159 del Decreto-ley 960 de 1970; 7o del Decreto 2148 de 1983 y las demás normas que lo modifiquen o complementen. Instrucción Administrativa número 01-12 de junio 8 de 2001. Artículo 3o del Decreto 1873 de 1971. Constitución Política: artículos 13 inciso 3 y 47. Ley 361 de 1997 y Ley 762 de 2002, para la prestación del servicio y así poder autorizar el traslado según los resultados de la aludida visita.

Con un atento saludo, El Superintendente de Notariado y Registro, JORGE ENRIQUE VÉLEZ GARCÍA.

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