DECRETO 79 de 2026
por el cual se delegan las funciones legales y unas funciones constitucionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 79
- Año
- 2026
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO EJECUTIVO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará el día 27 de enero de 2026 a la ciudad de Panamá - República de Panamá, con el fin de participar en el “Foro Económico Internacional América Latina y el Caribe 2026”.
Que el regreso a Colombia será el 29 de enero de 2026.
Que de conformidad con el artículo 196 de la Constitución Política, “Cuando el presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio de su cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones constitucionales que el presidente le delegue, tanto aquellas que le son propias como las que ejerce en su calidad de jefe de gobierno. ministro delegatario pertenecerá al mismo partido o movimiento político del presidente.”
Que mediante certificación de fecha 15 de enero de 2025, suscrita por la secretaria general del Movimiento Político Colombia Humana, se informó “que GERMÁN ÁVILA PLAZAS, identificado con cédula de ciudadanía número 19437985 de Bogotá, funge como militante de nuestro movimiento político”.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como ministro delegatario.
DECRETA:
Artículo 1°.
Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, las funciones legales y las siguientes atribuciones constitucionales:
Artículo 129.
Artículo 138, inciso 5.
Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2, 5, 6 y 7.
Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
Artículos 163, 165, 166 y 167.
Artículos 200, 201 y 202.
Artículos 213, 214 y 215.
Artículos 303, 304, 314 y 323.
Artículo 2°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de enero de 2026.
GUSTAVO PETRO URREGO Gustavo Petro Urrego Presidente de la República de Colombia Bogotá, D. C., 27 de enero de 2026.
Doctor LIDIO ARTURO GARCÍA TURBAY Presidente SENADO DE LA REPÚBLICA Congreso de la República Ciudad.
Señor presidente del honorable Senado de la República:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 de la Constitución Política, me permito por su digno conducto dar aviso al honorable Senado de la República, de mi traslado a partir del día 27 de enero de 2026, hacía la ciudad de Panamá - República de Panamá, con el fin de participar en el “Foro Económico Internacional América Latina y el Caribe 2026”.
El regreso a Colombia será el día 29 de enero de 2026.
Durante mi ausencia ejercerá las funciones constitucionales y legales que le sean delegadas, el doctor Germán Ávila Plazas, ministro de Hacienda y Crédito Público.
Reciba señor presidente, mis sentimientos de consideración y respeto.
GUSTAVO PETRO URREGO Cc: copia Secretaría General Senado de la República Anexo: copia Decreto viaje señor presidente.
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