DECRETO 299 de 1992
por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de Estado y el otorgamiento de títulos de educación superior.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 299
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial la que le confiere la letra e) del artículo 18 del Decreto-ley 81 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Incca de Colombia, con domicilio en Santafé de Bogotá, adelantó un programa universitario de Comunicación Social Institucional, sin contar con la expresa autorización previa del Icfes, como lo ordena el artículo 41 del Decreto-ley 80 de 1980 y del cual existen ochenta y ocho (88) alumnos entre matriculados y egresados;
Que la Universidad Incca de Colombia celebró un convenio con la Universidad Central, con domicilio en Santafé de Bogotá, mediante el cual ésta ofreció un curso complementario de Comunicación Social, con énfasis en Periodismo, y lo aprobaron setenta y cuatro (74) egresados del programa a que se refiere la consideración anterior;
Que analizados los antecedentes del mencionado programa y del curso complementario, se deduce que es viable jurídicamente autorizar la práctica de exámenes de Estado para optar al título respectivo, con fundamento en la letra e) del artículo 18 del Decreto-ley 81 de 1980,
DECRETA:
Artículo 1ş Conceder autorización al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, para que por intermedio de la Universidad Central, con domicilio en Santafé de Bogotá, practique exámenes de Estado a los setenta y cuatro (74) egresados que aprobaron el curso complementario con énfasis en Periodismo pertenecientes al programa Universitario de Comunicación Social Institucional, de la Universidad Incca de Colombia.
Artículo 2ş Todos los costos que demanda la práctica de los exámenes de Estado y el otorgamiento de los títulos serán pagados directamente por la Universidad Incca de Colombia a la Universidad Central, según convenio celebrado entre las dos Universidades. En ningún caso los egresados pagarán suma alguna por concepto de los exámenes de Estado y el otorgamiento del título, pues tales costos los asume directamente la Universidad Incca de Colombia.
Articulo 3ş La autorización que se da por el artículo 1ş de este Decreto tiene vigencia hasta el 31 de octubre de 1992.
Artículo 4ş Autorizar a la Universidad Central para otorgar el título de Comunicador Social Periodista, a los egresados que aprueben el examen de Estado.
Artículo 5ş El Director General del Icfes establecerá los procedimientos, mecanismos y fechas para la práctica de los exámenes de Estado y dispondrá la supervisión que el caso requiera.
Articulo 6ş Este Decreto rige desde su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Publíquesecomuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá. D. C., a 18 de febrero de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Educación Nacional, Carlos Holmes Trujillo Garcia.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.