DECRETO 1476 de 2025
por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios para la presente vigencia fiscal.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1476
- Año
- 2025
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de sus atribuciones constitucionales y legales en especial de las previstas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°.
Pago de compensatorios en dinero. Las entidades públicas podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente Decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1604 de 2024
Artículo 2°.
Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto número 1604 de 2024 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2025.
GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mariela del Socorro Barragán Beltrán
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