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DECRETO 170 de 2024

por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 Senado - 280 de 2023 Cámara de Representantes, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia. (Primera Vuelta)

Tipo
DECRETO
Número
170
Año
2024
Entidad
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que el día 20 de julio de 2023 por iniciativa parlamentaria se presentó ante la Secretaría General de Senado de la República el Proyecto de Acto Legislativo, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia, el cual fue radicado con el número 03 de 2023, con todos los requisitos constitucionales y legales con el fin de iniciar su trámite legislativo constitucional; proyecto de acto legislativo que fue repartido a la Comisión Primera Constitucional de Senado de la República y enviado a la Imprenta Nacional con el fin de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se indica en constancia del Secretario General del Senado de la República del 20 de julio de 2023.

Que el día 8 de agosto de 2023, por iniciativa gubernamental y acompañamiento parlamentario, se presentó ante la Secretaría General de Senado de la República el Proyecto de Acto Legislativo, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones, el cual fue Radicado con el número 08 de 2023, con todos los requisitos constitucionales y legales con el fin de iniciar su trámite legislativo constitucional; Proyecto de Acto Legislativo que fue repartido a la Comisión Primera Constitucional de Senado de la República y enviado a la Imprenta Nacional con el fin de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se indica en constancia del Secretario General del Senado de la República del 8 de agosto de 2023.

Que el día 3 de agosto de 2023 se recibe en la Secretaría General de la Comisión Primera de Senado de la República el Proyecto de Acto Legislativo número 03 por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia.

Que el día 16 de agosto de 2023 se recibe en la Secretaría General de la Comisión Primera de Senado de la República el Proyecto de Acto Legislativo número 08, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones.

Que el día 23 de agosto de 2023 la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República decide acumular estas dos iniciativas de Acto Legislativo tanto la número 03 como la número 08, bajo esta última numeración.

Que el Proyecto de Acto Legislativo número 08 de 2023 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones fue publicado en la Gaceta del Congreso número 1070 de fecha 14 de agosto de 2023.

Que el día 23 de agosto de 2023, la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente de Senado de la República, mediante el Acta MD-02, designa como ponentes para primer debate de ambas iniciativas a los Senadores Humberto de La Calle Lombana como coordinador de ponentes, y ponentes a María Fernanda Cabal Melina, Alfredo Deluque Zuleta, Alexánder López Maya, Julián Gallo Cubillos, Carlos Fernando Motoa Solarte, Alejandro Vega Pérez, Juan Carlos García Gómez, fijando un término de quince (15) días de plazo para rendir el correspondiente Informe, tal como se indica en la comunicación suscrita por la Secretaria de la Comisión Primera Constitucional de Senado de la República de 23 de agosto de 2023. Posteriormente en fecha 30 de agosto de 2023 la Comisión Primera Constitucional Permanente la Mesa Directiva decide adicionar como ponentes a los senadores: Alejandro Carlos Chacón y Germán Blanco Álvarez.

Que el día 7 de septiembre de 2023 ante la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente se radica informe de ponencia positiva y proponen los senadores ponentes como texto para primer debate: Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política.

Que el día 7 de septiembre de 2023 en la Gaceta del Congreso número 1229 se publica el Informe de ponencia positiva del Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política.

Que, en sesión de 11 de septiembre de 2023, según consta en acta número 09 de la misma fecha, se anunció que en la próxima sesión se discutiría y votaría el Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política, tal como se indica en constancia del secretario de la Comisión Primera de Senado de la República de 11 de septiembre de 2023.

Que en sesión del 12 de septiembre de 2023 la Comisión Primera Constitucional Permanente de Senado de la República sometió a discusión la ponencia del Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política, siendo aprobada la ponencia y el título de proyecto de acto legislativo con su articulado, todo lo cual consta en el acta número 10 de la misma fecha y publicado en la Gaceta del Congreso número 1323 de 22 de septiembre de 2023.

La Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente de Senado de la República, designa como ponente coordinador para segundo debate a los Senadores Humberto de la Calle Lombana y Germán Blanco Álvarez y ponentes a los Senadores María Fernanda Cabal, Alfredo Deluque Zuleta, Alexánder López Maya, Julián Gallo Cubillos, Carlos Fernando Motoa Solarte, Alejandro Vega Pérez, Juan Carlos García Gómez, Alejandro Carlos Chacón, tal como consta en Acta número 10 de fecha 12 de septiembre.

Que el 21 de septiembre de 2023, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente de Senado de la República recibe ponencia positiva para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política, suscrita por los Senadores Humberto de la Calle Lombana, Alexánder López Maya, María Fernanda Cabal Molina, Germán Blanco Álvarez, Alfredo Deluque Zuleta, Alejandro Vega Pérez, Juan Carlos García Gómez, Julián Gallo Cubillos, Alejandro Carlos Chacón y Carlos Fernando Motoa Solarte y se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 1323 de 22 de septiembre de 2023, tal como consta en la certificación secretarial de la misma fecha.

Que en sesión plenaria de Senado de la República de fecha 3 de octubre de 2023, fue considerado y aprobado el texto definitivo del Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política, tal como consta en el Acta número 17 de 3 de octubre de 2023, previo anuncio en sesión plenaria del 25 de septiembre de 2023 bajo Acta número 16, tal como se evidencia en la constancia secretarial Sustanciación Ponencia Segundo Debate de la Secretaría General de la Cámara de 3 de octubre de 2023 y que fue publicado en Gaceta del Congreso 1407 de fecha 5 de octubre de 2023.

Que con oficio de fecha 3 de octubre de 2023, el Presidente del Senado de la República remite al presidente de la Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo número 008 de 2023 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta.

Según constancia secretarial de la sección de leyes del Senado de la República, de conformidad con los artículos 183 y 224 de la Ley 5ª de 1992 (Reglamento del Congreso), pasa al despacho del presidente de Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta y se envía a la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, con el fin de ser estudiado en primer debate.

Que el 20 de octubre de 2023, la Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes recibe el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta asignándosele el número 280 de 2023, quedando en Cámara el Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política”- Primera Vuelta. Se remite a la Secretaría General para las anotaciones de rigor y se envía a la Imprenta Nacional para su publicación.

Que la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente en fecha 1° de noviembre de 2023, designa como coordinadores ponentes a los Representantes Juan Manuel Cortés y Juan Carlos Lozada y ponentes a los Representantes Heráclito Landínez Suárez, Ana Paola García Soto, José Jaime Uscátegui, Diógenes Quintero Amaya, Santiago Osorio Marín, Marelen Castillo Torres, Luis Alberto Albán Urbano y Gersel Luis Pérez Altamiranda, fijando un término de ocho (8) días para rendir el correspondiente informe, tal como se indica en certificación secretarial de 1° de noviembre de 2023.

Que en fecha 14 de noviembre de 2023, la Presidencia de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes recibe ponencia positiva del Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta, suscrita por los representantes coordinadores ponentes Juan Manuel Cortés y Juan Carlos Lozada y ponentes Heráclito Landínez Suárez, Ana Paola García Soto, José Jaime Uscátegui, Diógenes Quintero Amaya, Santiago Osorio Marín, Marelen Castillo Torres, Luis Alberto Albán Urbano y Gersel Luis Pérez Altamiranda, en la cual se propone dar primer debate en primera vuelta y se envía a Secretaría General para su publicación en la Gaceta del Congreso número 1583 de fecha 14 de noviembre de 2023.

Que en la sesión del día 22 de noviembre de 2023 mediante Acta número 022 fue aprobado sin modificaciones en la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, anunciado en fecha 14 de noviembre de 2023 según consta en Acta número 20 para su primer debate con ponencia positiva el Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política Primera Vuelta.

Que en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes de la República el día 22 de noviembre de 2023, inició la discusión y votación del Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política Primera Vuelta, se somete a consideración su articulado, y a votación, además si la Comisión decide que pase a Plenaria y se convierta en Acto Legislativo, siendo aprobado por unanimidad dejando constancia de que existía quórum suficiente toda vez que es un acto legislativo en primera vuelta, como consta en Acta número 22 de la misma fecha, de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes y según constancia secretarial de la misma fecha; publicado en la Gaceta del Congreso número 1692 de 30 de noviembre de 2023. Este debate fue anunciado el 21 de noviembre de 2023 según Acta 21 de la misma fecha. La presidencia designa como ponentes para segundo debate a Juan Carlos Lozada Vargas, Juan Manuel Cortés Dueñas, Gersel Luis Pérez Altamiranda, Ana Paola García Soto, Heráclito Landínez Suárez, José Jaime Uscátegui Pastrana, Diógenes Quintero Amaya, Santiago Osorio Marín, Marelen Castillo Torres, Luis Alberto Albál Urbano, con ocho (8) días de término para rendir el correspondiente informe.

Que el día 28 de noviembre de 2023, la Secretaría de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política- Primera Vuelta, suscrita por la totalidad de los ponentes, y se envía a Secretaría General para su publicación en la Gaceta del Congreso número 1692 de 30 de noviembre de 2023.

Que con oficio de fecha de 28 de noviembre de 2023, el secretario de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, remite al señor secretario general de la Cámara de Representantes, con todos sus antecedentes y para que siga su curso constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta.

Que de conformidad con la Sustanciación de Segunda Ponencia y Texto Definitivo de fecha 18 de diciembre de 2023, suscrita por el secretario general de la Cámara de representantes, en sesión plenaria ordinaria de la Cámara de Representantes, de fecha 11 de diciembre de 2023, fue aprobado en segundo debate el texto definitivo del Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta. Lo anterior, según consta en el acta número 109 de diciembre 11 de 2023, previo su anuncio en la Sesión Plenaria Ordinaria del 6 de diciembre de 2023 de acuerdo con Acta número 108 de la misma fecha.

Que el Congreso de la República mediante comunicación de 26 de enero de 2024, radicada el 31 de enero de 2024, en la Presidencia de la República, remitió para el trámite pertinente el Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023, por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política”- Primera Vuelta.

Que en mérito de lo expuesto:

DECRETA:

Artículo 1°.

Ordenar la publicación del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo número 280 de 2023 Cámara - 008 de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 003 de 2023 por medio del cual se modifica el artículo 48 de la Constitución Política - Primera Vuelta, el cual quedará así:

“ACTO LEGISLATIVO No. ___________________

(PRIMERA VUELTA)

“POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 48 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA”.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

“Artículo 1º. Adiciónese un parágrafo al artículo 48 de la Constitución Política, así: (…)

Parágrafo 3°.
Los miembros de la fuerza pública en goce de asignación de retiro, pensión o sus beneficiarios, mantienen el derecho a la mesada catorce.

Artículo 2°.

Vigencia. El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias”.

El Presidente del Honorable Senado de la República, Iván Leonidas Name Vásquez.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Andrés David Calle Aguas.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese.

Dado a 14 de febrero de 2024.

GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro del Interior, Luis Fernando Velasco Chaves.

El Ministro de Defensa Nacional, Iván Velásquez Gómez.

La Ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos.

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