DECRETO 1994 de 2023
por el cual se hace una reubicación en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1994
- Año
- 2023
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.5.4.6 del Decreto número 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 1025 del 17 junio de 2022, fue comisionado a la planta externa Carlos Andrés Hurtado Pérez, identificado con cédula de ciudadanía número 80426456, en el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Árabe de Egipto, del cual tomó posesión el 1° de septiembre de 2022.
Que, por necesidades del servicio, es pertinente reubicar a un Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del-Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Reubicación. Reubicar a Carlos Andrés Hurtado Pérez, identificado con cédula de ciudadanía número 80426456, quien se desempeña como Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Árabe de Egipto; al Consulado General de Colombia en Caracas, República Bolivariana de Venezuela.
Parágrafo. Carlos Andrés Hurtado Pérez es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.
Artículo 2°.
Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3°.
Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de noviembre de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.