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DECRETO 1698 de 2023

por el cual se crea una planta de personal con empleos temporales de libre nombramiento y remoción en el Departamento Nacional de Planeación.

Tipo
DECRETO
Número
1698
Año
2023
Entidad
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley 2056 de 2020 dispone que son órganos del Sistema General de Regalías, la Comisión Rectora, el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Minas y Energía, así como sus entidades adscritas y vinculadas que cumplan funciones en el ciclo de las regalías, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y los Órganos Colegiados de Administración y Decisión Paz, de Inversión Regional y de Ciencia, Tecnología e Innovación, los cuales ejercerán sus atribuciones y competencias conforme con lo dispuesto por la presente ley y demás lineamientos que expida la Comisión Rectora para el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

Que el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020 establece que los órganos del Sistema General de Regalías que cumplan funciones en el ciclo de las regalías, podrán crear plantas de personal con empleos temporales de libre. nombramiento y remoción para el cumplimiento de las funciones definidas en la Constitución y la ley, con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.

Que ante la necesidad de fortalecer y acompañar los procesos de descentralización bajo un modelo de asistencia técnica por oferta y en cumplimiento de las políticas fijadas por el Gobierno nacional para el Sistema General de Regalías, derivadas del Acto Legislativo 05 de 2011 y la Ley 2056 de 2020, así como los decretos reglamentarios, leyes bienales de presupuesto y los acuerdos de la Comisión Rectora, es necesario la creación de una planta de personal con empleos temporales de libre nombramiento.

Que la Ley 2294 de 2023, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, establece como eje de transformación la convergencia regional, y se hace necesario fortalecer los vínculos intra e interregionales, para aumentar la productividad, competitividad e innovación en los territorios, así la planta temporal del Departamento Nacional de Planeación, bajo el modelo de asistencia técnica integral, fortalecerá el seguimiento a las Unidades Ejecutoras del Sistema General de Regalías;

Que el Departamento Nacional de Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata la Ley 909, de 2004, para efectos de crear la planta de personal con empleos temporales de libre nombramiento y remoción en el Departamento Nacional de Planeación, y que se emitió el correspondiente concepto técnico favorable.

Que, para los fines de este Decreto, la Dirección General del, Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la. viabilidad presupuestal para crear una planta de personal con empleos temporales en el Departamento Nacional de Planeación.

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, consideró viable la creación de los empleos temporales de libre nombramiento y remoción en el Departamento Nacional de Planeación.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Creación. Crear a partir de la expedición del presente Decreto, la siguiente planta de personal con empleos temporales de libre nombramiento y remoción en el Departamento Nacional de Planeación, hasta el 31 de diciembre de 2024, así:

Número de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación Uno (01) Asesor 1020 14 Subdirección General del Sistema General de Regalías Doce (12) Asesor 1020 14 Planta Global Setenta y nueve (79) Profesional Especializado 2028 24 Doscientos cuarenta y nueve (249) Profesional Especializado 2028 22 Veintiséis (26) Profesional Especializado 2028 19

Artículo 2°.

Funciones. Los empleos temporales creados en el presente decreto deberán dirigirse al funcionamiento y el cumplimiento que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 2056 de 2020, la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1083 de 2015 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 3°.

Provisión. El Director del Departamento Nacional de Planeación proveerá los empleos creados en el presente Decreto, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.

Artículo 4°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 2023.

GUSTAVO PETRO URREGO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González.

El Director del Departamento Nacional de Planeación, Jorge Iván González Borrero.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique Soacha.

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