DECRETO 2595 de 2022
por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios para la presente vigencia fiscal.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2595
- Año
- 2022
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en la Ley 4ª de 1992, y
DECRETA:
Artículo 1.
°. Pago de compensatorios en dinero. Las entidades públicas podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente Decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
Artículo 2°.
Vigencia y Derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1777 de 2021 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1777 de 2021 Deroga Artículo 1 DECRETO 1777 de 2021 Deroga Artículo 2 DECRETO 1777 de 2021 Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique Soacha.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.