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DECRETO 2588 de 2022

por el cual se reajustan los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2023.

Tipo
DECRETO
Número
2588
Año
2022
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el parágrafo 1° del artículo 145 de la Ley 488 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo 145 de la Ley 488 de 1998, los valores absolutos que sirven de base para aplicar las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores, deben ser reajustados anualmente por el Gobierno nacional.

Que de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 242 de 1995, el Gobierno nacional, al expedir normas que dispongan la actualización de valores sujetos a su determinación por disposición legal, tendrá en cuenta la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores.

Que, mediante comunicado del 25 de noviembre de 2022, la Junta Directiva del Banco de la República reitera la meta de inflación del 3% para el año 2023.

DECRETA:

Disposiciones Generales

Artículo 1.

°. A partir del primero (1°) de enero del año dos mil veintitrés (2023), los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 numeral primero de la Ley 488 de 1998, serán los siguientes: Vehículos particulares: a) Hasta $52.483.000 1,5% b) Más de $52.483.000 y hasta $118.083.000 2,5% c) Más de $118.083.000 3,5%

Artículo 2°.

Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1739 de 2021.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1739 de 2021 Deroga Artículo 1 DECRETO 1739 de 2021 Deroga Artículo 2 DECRETO 1739 de 2021 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2022.

GUSTAVO PETRO URREGO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

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