DECRETO 2214 de 2022
por el cual se declara una cesación de funciones de un Cónsul Honorario y se suprime un cargo de Cónsul Honorario.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2214
- Año
- 2022
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 17 de 1971 y el artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.
Que mediante el Decreto 689 del 11 de marzo de 1991 se creó el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel y designó al señor Jaime Aron como Cónsul Honorario en esa ciudad.
Que mediante el Memorando E.-219-94 del 22 de julio de 2022 la Embajada de Colombia ante el Estado de Israel informó del sensible fallecimiento del Cónsul Honorario Jaime Aron.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, el Cónsul Honorario cesará sus funciones por muerte.
Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano solicita la cesación de funciones del Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel y la supresión del cargo de Cónsul Honorario de Colombia en esa ciudad.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Declarar. Declárase la cesación de funciones del señor Jaime Aron como Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, por lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2º.
Suprimir. Suprímase el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel.
Afecta la vigencia de: Suprime DECRETO 689 de 1991
Artículo 3º.
Comunicar. Comuníquese a través de la Misión Diplomática a la familia del señor Jaime Aron y al Estado receptor el presente decreto.
Artículo 4º.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de noviembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO El Ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán.
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