DECRETO 720 de 2022
Por el cual se designan los representantes del Gobierno nacional ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 720
- Año
- 2022
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y, en especial, de las conferidas por el artículo 8° de la Ley 418 de 1997, en concordancia con el artículo 2° del Decreto 1995 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1995 del 7 de diciembre de 2016 se creó la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), como la Instancia conjunta entre el Gobierno nacional y las FARC-EP en proceso de reincorporación a la vida legal, encargada del seguimiento, impulso y verificación conjunta de la implementación del “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”.
Que el artículo 2° del Decreto 1995 de 2016, modificado por el Decreto 1417 de 2018, establece que la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), “estará integrada por tres representantes del Gobierno nacional y tres representantes de los exintegrantes de la FARC-EP en proceso de reincorporación. Los representantes del Gobierno nacional serán de alto nivel y serán designados por el Presidente de la República. Los representantes de los exintegrantes de la FARC-EP en proceso de reincorporación serán designados por la Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común -FARC”.
Que se hace necesaria la designación de los representantes del Gobierno nacional ante dicha instancia, a título institucional.
DECRETA:
Artículo 1°.
Designación de los representantes del Gobierno nacional. Designar como representantes del Gobierno nacional ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), a:
1. Al ministro del Interior.
2. Al alto comisionado para la Paz del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
3. Al consejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedición y deroga el Decreto 706 del 28 de junio 2021.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de mayo de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, VÍCTOR MANUEL MUÑOZ RODRÍGUEZ
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