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DECRETO 33 de 2022

Por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior

Tipo
DECRETO
Número
33
Año
2022
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto número 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Daca, República Popular de Bangladesh, la Embajada de Colombia ante la República de la India concurrente para la República Popular de Bangladesh, ha propuesto mediante el memorando I-EINND-020 del 28 de febrero de 2017 a la señora Ayesha Sattar, ciudadana bangladesí.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto número 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de la India concurrente para la República Popular de Bangladesh, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Daca, República Popular de Bangladesh, así como el nombramiento de la señora Ayesha Sattar, como Cónsul Honoraria.

Que mediante el memorando I-DIAAO-17-007365 del 31 de marzo de 2017, la Dirección de Asia, África y Oceanía, igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal número 19.00.0000.715.35.130.21-330 del 6 de junio de 2021 el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular de Bangladesh, manifestó su beneplácito frente al nombramiento.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

Crear el Consulado Honorario de Colombia en Daca, República Popular de Bangladesh.

Artículo 2º.

Designar a la señora Ayesha Sattar, como Cónsul Honoraria en Daca, con circunscripción en todo el territorio de la República Popular de Bangladesh, por un periodo inicial de cuatro (4) años.

Artículo 3°.

Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

Artículo 4º.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2022.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ La Ministra de Relaciones Exteriores, Martha Lucía Ramírez Blanco

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