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DECRETO 91 de 2022

Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA

Tipo
DECRETO
Número
91
Año
2022
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, es una entidad de carácter técnica, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente, que en la actualidad cuenta con una planta autorizada de 1809 empleos, en virtud de lo reglamentado por los Decretos 4766 de 2008,3762 de 2009 y 1617 de 2012.
Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, adelantó las acciones previstas en el Decreto 1800 de 2019 "Por el cual se adiciona el Capítulo 4 al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública, en lo relacionado con la actualización de las plantas globales de empleo", con el propósito de mantener actualizada su planta de personal, así como reducir los contratos de prestación de servicios y garantizar el trabajo digno y decente, Que la modificación de la planta cumple con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20182022. "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" y el Decreto 1083 de 2015, con relación a que el 10% de los nuevos empleos derivados de modificaciones de las plantas de personal no exigirá experiencia para el nivel profesional, con el fin de vincular jóvenes entre los 18 y 28 años de edad, al servicio público.
Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", modificado por el artículo 228 del Decreto 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, obteniendo el respectivo concepto favorable para la modificación de su planta de personal.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable para modificar la planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, mediante comunicación No. 2-2021-064454 del 7 de diciembre de 2021.
Que la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario ICA cumple con lo dispuesto en el Plan de Austeridad del Gasto 2021 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, señalada en el Decreto 371 de 2021.
Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, los siguientes empleos:

Artículo 2°.

Distribución de empleos. El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, mediante Resolución, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 3°.

Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados deberá hacerse de conformidad con las disposiciones presupuestales y hasta la concurrencia presupuestal de cada vigencia, cumpliendo con los requisitos de la Ley 909 de 2004, sus decretos reglamentarios y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 4°, Vigencias y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 4766 de 2008, 3762 de 2009 y 1617 de 2012.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1617 de 2012 Modifica en lo pertinente DECRETO 3762 de 2009 Modifica en lo pertinente DECRETO 4766 de 2008 Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2022.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.

EL MINISTRO DE ACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL, RODOLFO ZEA NAVVARRO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO

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