DECRETO 1310 de 2021
Por el cual se modifica el Decreto 962 de 2021
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1310
- Año
- 2021
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA. en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4° de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante radicado 2-2021-011435 de fecha 5 de marzo de 2021, emitió viabilidad presupuestal para que se lleve a cabo la modificación del Decreto 962 de 2021, en razón a que la entidad cuenta con recursos, en la vigencia 2021, en el rubro "Otras transferencias distribución previo concepto DGPPN", con los cuales cubrirá el costo de la modificación de su escala salarial.
Que la Registraduría Nacional del Estado Civil para la modificación de la escala salarial presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante radicado No. 2020-206-001358-2 de fecha 13 de enero de 2020.
Que de conformidad con el resultado del estudio técnico efectuado, el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto técnico favorable a la necesidad planteada por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Que como consecuencia de lo anterior, resulta procedente modificar la escala salarial señalada en el artículo 1 del Decreto 962 de 2021.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 2 DECRETO 1506 de 2021 LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 1°.
Modificación del artículo 1° del Decreto 962 de 2021. El artículo 1 del Decreto 962 de 2021, quedará así:
"Artículo 1. Asignaciones básicas. Fíjense a partir de la fecha de publicación del presente decreto las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil:
Parágrafo 1.
En las escalas de asignaciones básicas de que trata el presente artículo, la primera columna señala los grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes determinan las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.
Parágrafo 2.
Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo."
Vigente desde: 20/10/2021 y hasta el: 18/11/2021
Artículo 2.
Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 2 DECRETO 1506 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 962 de 2021.
Vigente desde: 20/10/2021 y hasta el: 18/11/2021 PUBLIQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2021 IVÁN DUQUE MARQUEZ EL MINISTRO DEL INTERIOR, DANIEL ANDRES PALACIOS ARTINEZ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.