DECRETO 1060 de 2021
Por el cual se delegan unas funciones
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1060
- Año
- 2021
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 9 y 10 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el artículo 53 de la Ley 270 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 27 del Decreto 1784 de 2019, corresponde a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República ejercer las funciones allí enunciadas y las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República, el Jefe de Gabinete y el Director del Departamento.
Que el artículo 53 de la Ley 270 de 1996 establece que "Corresponde a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado proveer las vacantes que se presenten en la respectiva Corporación, de listas superiores a cinco (5) candidatos, enviadas por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Estos Magistrados no son reelegibles y tomarán posesión ante el Presidente de la República [...]" y que "[...] La provisión transitoria de las vacantes se hará directamente por cada Corporación o Tribunal y no podrá exceder, en ningún caso, de tres meses".
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 dispone que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.
Delegación. Delegar en el Secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la función de dar posesión a los servidores que hayan sido encargados de las funciones de los despachos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado.
Artículo 2.
Delegación. Delegar en el Secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la función de dar posesión a los servidores que hayan sido designados en provisionalidad como magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado.
Artículo 3°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 7 SEPTIEMBRE 2021 IVAN DUQUE MARQUEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, VICTOR MANUEL MUÑOZ RODRÍGUEZ
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