Jurismart

DECRETO 1748 de 2020

Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia

Tipo
DECRETO
Número
1748
Año
2020
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia Financiera de Colombia, para efectos de modificar su planta de personal, presentó el estudio técnico correspondiente al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo.
Que la modificación de la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 del9 de noviembre de 2018 y lo señalado en el artículo 2 del Decreto 1009 de 2020, que dispone: U(...) La planta de personal y la estructura administrativa de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y que pertenecen a la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, solamente se podrá modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorros en los gastos de la entidad."
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable de viabilidad presupuestal

DECRETA:

Artículo 1.

Suprimir de la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia los siguientes empleos:

Artículo 2.

Crear en la planta de personal de la Superintendencia Financiera de Colombia los siguientes empleos:

Artículo 3.

La provisión de los empleos de la Superintendencia Financiera de Colombia se hará de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004 yen el sistema específico de carrera administrativa de las superintendencias, regulado por el Decreto Ley 775 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 4.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 3° del Decreto 4328 de 2005, modificado por los Decretos 1861 de 2011, 711 de 2012, 1951 de 2015, 1849 de 2016 y 2400 de 2019, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 DECRETO 4328 de 2005 Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D.C. a los 22 días del mes de diciembre de 2020 IVÁN DUQUE MARQUEZ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ALBERTO CARRASQULLA BARRERA EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar