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DECRETO 56 de 2020

por el cual se prorroga el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión.

Tipo
DECRETO
Número
56
Año
2020
Entidad
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 41 de la Ley 1978 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 39 de la Ley 1978 del 25 de julio de 2019, “Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones”, el legislador ordenó la supresión y liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión, creada por la Ley 1507 de 2012. Con tal disposición inició el proceso de liquidación de la citada entidad, según lo establecido por el artículo 2° del Decreto-ley 254 de 2000, “Por el cual se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional”;
Que mediante el Decreto 1381 de 2019, el Gobierno nacional designó a la Fiduciaria La Previsora S. A. como liquidador de la Autoridad Nacional de Televisión;
Que, de acuerdo con las disposiciones del artículo 41 de la Ley 1978 de 2019, el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión debe concluir en un plazo de seis (6) meses contados a partir de su entrada en liquidación. No obstante, el mismo precepto atribuye al Gobierno nacional la facultad de prorrogar dicho plazo mediante acto administrativo debidamente motivado, cuando las circunstancias así lo requieran, sin que la prórroga exceda en total de seis (6) meses;
Que mediante oficio radicado en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con el número 191062561 de fecha 13 de diciembre de 2019, la Fiduciaria La Previsora S. A. manifestó y justificó la necesidad prorrogar el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión por el término de cuatro (4) meses, con el objeto de culminar las siguientes actividades: a) Avalúo, adopción de inventarios valorados, notificación y posterior venta de los bienes que integran la masa del proceso de liquidación; b) Organización y transferencia del fondo documental y del archivo de la entidad; c) Disposición final de bienes decomisados; d) Atención de asuntos laborales de funcionarios retirados; e) Pago de acreencias. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Prórroga del proceso de liquidación. Prorrogar el proceso de liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión en Liquidación, por el término de cuatro (4) meses, contados a partir del 25 de enero de 2020.

Artículo 2°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 20 de enero de 2020.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, SYLVIA CONSTAÍN.

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