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DECRETO 1417 de 2019

por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.

Tipo
DECRETO
Número
1417
Año
2019
Entidad
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que se requiere crear unos empleos de Bombero Aeronáutico I para efectos de un mayor cubrimiento en la prestación de los turnos operativos de los diferentes aeropuertos, que conlleva a mejorar la certificación de seguridad en la atención de incidentes o accidentes aeroportuarios, para lo cual se suprimirán unos empleos en vacancia definitiva de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).

Que la modificación de la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) es a costo cero, en cumplimiento con lo dispuesto al numeral 1.1 de la Directiva Presidencial 09, del 9 de noviembre de 2018.

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en sesión número 04 del 12 de abril de 2019, aprobó por unanimidad la propuesta de modificación de planta de personal a costo cero de la Aerocivil.

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), para efectos de modificar su planta de personal, presentó un estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal a costo cero, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

Que, para los fines de este Decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Supresión de empleos. Suprimir de la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), los siguientes empleos:

Artículo 2°.

Creación de empleos. Crear en la planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil los siguientes empleos:

Artículo 3°.

Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados mediante el presente decreto se efectuará conforme a las disposiciones previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, en lo que resulte aplicable.

Artículo 4°.

Distribución de los empleos. El Director General distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la entidad.

Artículo 5°.

Vigencias y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 261 de 2004 y 2159 de 2014.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 261 de 2004 Modifica en lo pertinente DECRETO 2159 de 2014 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2019.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público Alberto Carrasquilla Barrera.

La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco Gómez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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