DECRETO 231 de 2002
por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 2656 de 1998.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 231
- Año
- 2002
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que conceden los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y 186 del Estatuto orgánico del Sistema Financiero,
DECRETA:
Artículo 1ş. El artículo segundo del Decreto 2656 de 1998 quedará así:
"A partir del 1ş de enero del ańo 2005, la reserva para siniestros ocurridos no avisados del ramo de seguro de riesgos profesionales se sujetará al régimen general previsto en el artículo 7ş del Decreto 839 de 1991 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya".
TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado Artículo 1 DECRETO 4310 de 2004 Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 2656 de 1998 Artículo 2ş. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a los 11 de febrero de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos.
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