DECRETO 226 de 1990
por el cual se corrige el valor nominal de las series A y B de los “Bonos Agrarios Ley 30 de 1988”, contemplado en el literal g) del artículo 2 del Decreto 144 de enero 15 de 1990.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 226
- Año
- 1990
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren las Leyes 43 de 1987 y 30 de 1988 y el Decreto-ley 222 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 144 de enero 15 de 1990 se ordenó a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la emisión de Títulos de Deuda Pública denominados “Bonos Agrarios - Ley 30 de 1988”, en cuantía de veinte mil seiscientos veinte millones de pesos ($ 20.620.000.000.00) moneda legal.
Que en el artículo segundo en el cual se seńalan las características de los títulos, el literal g) establece entre otras, las series y denominaciones siguientes:
Serie N° de Títulos Valor Nominal Valor de la Serie A 500 10.000.00 5000000000 B 1000 5.000.00 5.000.000.000 Que el valor nominal de las series A y B debe corresponder a las cuantías de 10.000.000 y 5.000.000, respectivamente, en razón de que la variable número de títulos por la de valor nominal debe representar la variable valor de la serie,
DECRETA:
Artículo 1°.
Corregir el valor nominal de las series A y B de los “Bonos Agrarios - Ley 30 de 1988”, establecido en el literal g), artículo 2° del Decreto 144 de 1990, el cual quedará así:
Serie N° de Títulos Valor Nominal Valor de la Serie A 500 10.000.000 5.000.000.000 B 1.000 5.000.000 5.000.000.000 Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (Literal g). ) Artículo 2 DECRETO 144 de 1990
Artículo 2°.
El Decreto 144 de 1990 continúa vigente en todas sus partes.
Afecta la vigencia de: Vigente DECRETO 144 de 1990
Artículo 3°.
Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Ramírez Acuńa.
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