DECRETO 2411 de 2018
por el cual se corrige el artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 del Decreto 1077 de 2015, en relación con la fórmula para la determinación de puntajes para la calificación de postulaciones de subsidio familiar de vivienda.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2411
- Año
- 2018
- Entidad
- MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales, en especial las previstas en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2190 de 2009, “por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3 de 1991 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas”, en su artículo 44, estableció la fórmula para la determinación de puntajes para la calificación de postulaciones del Subsidio Familiar de Vivienda.
Que el mencionado decreto fue compilado en el Decreto 1077 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, estableciendo en su artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 la siguiente fórmula para la determinación de puntajes para la calificación de postulaciones:
Que al momento de compilarse el mencionado Decreto 2190 de 2009, se incurrió en un yerro al establecer que el coeficiente de multiplicación de la variable B4 es de 424, sin embargo, corresponde a un coeficiente de 4.24.
Que en consecuencia, es necesario efectuar el ajuste de la fórmula para la determinación de los puntajes en el sentido anteriormente indicado, y
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifíquese el artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 del Decreto 1077 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, bajo el entendido que la fórmula para la determinación de puntajes para la calificación de postulaciones, es la siguiente:
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (Fórmula )
Artículo 2.
1.1.1.1.4.1.3. DECRETO 1077 de 2015
Artículo 2°.
Las demás disposiciones contenidas en el artículo 2.1.1.1.1.4.1.3 del Decreto 1077 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, no se modifican y continúan vigentes.
Artículo 3°.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2018.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón González.
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