Jurismart

DECRETO 1622 de 2018

Por medio del cual se prorroga el plazo señalado en el Decreto 1466 de 2018 â??por medio del cual cesan transitoriamente los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, Ã?nico Reglamentario del Sector de Función Pública.

Tipo
DECRETO
Número
1622
Año
2018
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÃ?N PÃ?BLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de la Ley 909 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1466 del 6 de agosto de 2018 se dispuso cesar, por un término de 15 días calendario, los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública” respecto de los empleos expresamente señalados en el artículo 2.2.5.1.1 del mencionado Decreto de nominación del Presidente de la República y los de libre nombramiento y remoción del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Que los 15 días vencen el 21 de agosto de 2018 y aun no se ha terminado de conformar el equipo directivo del Gobierno, razón por la cual se requiere prorrogar por 15 días calendario el plazo dispuesto en el Decreto 1466 de 2018.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Prorrogar, por 15 días calendario, el plazo señalado en el Decreto 1466 de 2018 “Por medio del cual cesan transitoriamente los efectos jurídicos de los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y del parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública”.

Afecta la vigencia de: Prorroga (plazo señalado por 15 días calendario )

Artículo 2.

2.13.2.2 DECRETO 1083 de 2015 Prorroga (plazo señalado por 15 días calendario )

Artículo 2.

2.13.2.3 DECRETO 1083 de 2015 Prorroga (parágrafo- plazo señalado por 15 días calendario )

Artículo 2.

2.5.1.3 DECRETO 1083 de 2015 Prorroga (plazo señalado. ) Artículo 1 DECRETO 1466 de 2018

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de agosto de 2018.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Jorge Mario Eastman Robledo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, (e), Fernando Augusto Medina Gutiérrez.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar