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DECRETO 1367 de 2018

por el cual se delega una función en el Ministro de Justicia y del Derecho.

Tipo
DECRETO
Número
1367
Año
2018
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 211 de la Constitución Política y 9° de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo previsto en el artículo 5° de Decreto-ley 2163 de 1970, los artículos 2° y 3° de la Ley 588 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que al Presidente de la República, además de las funciones constitucionales, le han sido asignadas competencias o funciones en el Decreto-ley 960 de 1970 relacionadas, entre otras, con la designación de los notarios de primera categoría.
Que el artículo 5° del Decreto-ley 2163 de 1970 prescribe, entre otros asuntos, que los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.
Que el artículo 2° de la Ley 588 de 2000 dispone que el nombramiento de notarios en propiedad se hará mediante concurso y, en caso de vacancia, si no hay lista de elegibles, podrá el nominador designar notarios en interinidad, mientras se realiza el respectivo concurso. De igual modo se procederá cuando el concurso se declare desierto.
Que el artículo 3° de la citada Ley 588 de 2000, relativo a la lista de elegibles para el nombramiento de notarios, establece que los notarios serán nombrados por el gobierno, de la lista de elegibles que presente el organismo rector de la carrera notarial.
Que el artículo 2.2.6.1.5.3.4. del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, dispone respecto de la posesión de los notarios que, “El notario tomará posesión del cargo dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que reciba la confirmación del nombramiento si ya se inició el periodo legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prórroga hasta de 30 días concedida justificadamente por quien hizo la designación”.

Que, en aplicación de los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, es necesario delegar en el Ministro de Justicia y del Derecho algunas funciones relacionadas con la facultad nominadora del Presidente de la República, cuya naturaleza permite que sean delegadas, en particular la competencia para tramitar y decidir las solicitudes de prórroga para tomar posesión del cargo de notario de primera categoría.
Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Delegación en el Ministro de Justicia y del Derecho. Deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho las funciones de tramitar y decidir las solicitudes de prórroga para tomar posesión del cargo de notario de primera categoría.

Artículo 2°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publiques y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 1° de agosto de 2018. JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero.

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