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DECRETO 1395 de 2018

por el cual se establece la plantarte persona (sic) de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se dictan otras disposiciones.

Tipo
DECRETO
Número
1395
Año
2018
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y el artículo 26 del Decreto-ley 589 de 2017

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 290 de 2018, se adoptó una planta parcial para la puesta en marcha de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD);

Que se requiere adoptar la planta permanente para la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD);

Que para el efecto la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico, el cual obtuvo concepto favorable de este organismo;

Que el Director General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó concepto favorable.

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprimir de la planta de empleos de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), los siguientes cargos:

N° Empleos Denominación del empleo Grado DESPACHO DE LA DIRECCI ÓN GENERAL DE UNIDAD ESPECIAL Uno (1) Director General de Unidad Especial 03 Uno (1) Secretario General de Unidad Especial 02 Cinco (5) Asesor de Unidad Especial 02 Cinco (5) Asesor de Unidad Especial 01 Dos (2) Técnico Administrativo de Unidad Especial 02

Artículo 2°.

Créase en la Planta de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), los siguientes cargos:

N° Empleos Denominación del empleo Grado 1 (Uno) Director General de Unidad Especial 04 1 (Uno) Secretario General de Unidad Especial 03 1 (Uno) Subdirector General Técnico y Territorial de Unidad Especial 03 3 (Tres) Director Técnico de Unidad Especial 02 3 (Tres) Jefe de Oficina de Unidad Especial 02 4 (Cuatro) Subdirector de Unidad Especial 01 3 (Tres) Jefe de Oficina Asesora de Unidad Especial 03 5 (Cinco) Asesor Unidad Especial 02 5 (Cinco) Asesor Unidad Especial 01 60 (Sesenta) Experto Técnico 05 206 (Doscientos seis) Experto Técnico 04 32 (Treinta y dos) Experto Técnico 03 49 (Cuarenta y nueve) Analista Técnico 02 51 (Cincuenta y uno) Analista Técnico 01 14 (Catorce) Técnico de Unidad Especial 02 84 (Ochenta y cuatro) Técnico de Unidad Especial 01 Parágrafo 1°. A los servidores a los que se les suprime el empleo en el artículo 1° del presente decreto cuyos cargos que vienen ocupando se mantengan ¡guales o solamente haya variado en el grado de remuneración, únicamente se les exigirá actualizar el acta de posesión.

Parágrafo 2°.
La provisión de los empleos se efectuará atendiendo la facultad nominadora y en forma gradual, en tres fases distribuidas de la siguiente manera: 30% en el año 2018, 50% en el año 2019 y 20% en el año 2020, de conformidad con las disponibilidades presupuéstales y las respectivas apropiaciones presupuéstales.

Artículo 3°.

Distribución de los empleos en la planta de personal. El Director General de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD), distribuirá los cargos a que se refiere el presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal de manera flexible de acuerdo a las funciones y necesidades del servicio de la Unidad.

Artículo 4°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 290 de 2018.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 290 de 2018 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2018.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.

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