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DECRETO 1709 de 2017

por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se dictan otras disposiciones.

Tipo
DECRETO
Número
1709
Año
2017
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de la Economía Solidaria con el fin de modificar su planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Superintendencia de la Economía Solidaria para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con la viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

DECRETA:

Artículo 1°.

Créanse en la planta de personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria, los siguientes cargos:

Número de cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE 3 (Tres) Asesor 1020 10 PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Intendente 0138 19 9 (Nueve) Profesional Especializado 2028 22 9 (Nueve) Profesional Especializado 2028 19 10 (Diez) Profesional Especializado 2028 17 15 (Quince) Profesional Especializado 2028 15 4 (Cuatro) Técnico Administrativo 3124 15

Artículo 2°.

El Superintendente de la Economía Solidaria, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la entidad.

Artículo 3°.

Los empleos vacantes de la planta de personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015 y demás normas que le adicionen, modifiquen o sustituyan.

Artículo 4°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 187 de 2004, 312 de 2008 y 4678 de 2010 y demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 187 de 2004 Modifica en lo pertinente DECRETO 312 de 2008 Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2017. JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán

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