DECRETO 210 de 1999
por el cual se modifica el Decreto 1556 de 1998 que reglamenta la prestación del servicio público de transporte especial y de turismo
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 210
- Año
- 1999
- Entidad
- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996,
DECRETA:
Artículo 1ş. Los programas de capacitación de que trata el artículo 57 del Decreto 1556 del 4 de agosto de 1998, no podrán ser exigidos por las autoridades competentes hasta tanto el Ministerio de Transporte no expida la respectiva reglamentación. Para la renovación de los permisos escolares se exigirá el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en el citado decreto.
Artículo 2ş. Modificar el término seńalado en el artículo 62 del Decreto 1556 de 1998, en el sentido de que la realización de programas de capacitación se hará exigible a los prestatarios del servicio particular escolar a partir del primero (1ş) de enero del ańo 2000. El plazo previsto en la referida disposición para acreditar los demás requisitos y para renovar el permiso, continúan vigentes.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Suspendido el término Artículo 3 DECRETO 2692 de 1999 Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente Artículo 62 DECRETO 1556 de 1998 Artículo 3ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Transporte, Mauricio Cárdenas Santamaría.
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