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DECRETO 1241 de 2017

Por el cual se crean unos empleos temporales en la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Tipo
DECRETO
Número
1241
Año
2017
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y los artículos 2.2.1.1.1 al 2.2.1.1.4 del Decreto número 1083 de 2015.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 dispone que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar programas o proyectos de duración determinada.

Que la Superintendencia de Industria y Comercio requiere la creación de diecinueve (19) empleos temporales del nivel profesional, asignados a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, para fortalecer el equipo humano encargado de cumplir las funciones jurisdiccionales atribuidas a esta Superintendencia y lograr la descongestión en los procesos judiciales y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley 1564 de 2012 Código General del Proceso.

Que en el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación se encuentra inscrito el proyecto con el número C-3503-0200-7, denominado “Difusión e incremento de los niveles de eficiencia en la atención de trámites y servicios en materia jurisdiccional a nivel nacional”, registrado en el presupuesto de inversión de la Superintendencia de Industria y Comercio para la vigencia fiscal del año 2017.

Que la fuente de financiamiento de los empleos de carácter temporal a que se refiere el presente decreto, se paga con cargo al presupuesto del citado proyecto de inversión de la Superintendencia de Industria y Comercio, para lo cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidieron concepto favorable y la viabilidad presupuestal, respectivamente.

Que la Superintendencia de Industria y Comercio presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley número 19 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto Único número 1083 de 2015, para la creación de la planta de empleos temporales, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo,

DECRETA:

Artículo 1°.

Créanse en la Planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio los siguientes empleos temporales, hasta el 31 de diciembre de 2018, así:

NÚMERO DE CARGOS DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO 19 (Diecinueve) Profesional Universitario 2044 01

Artículo 2°.

El Superintendente de Industria y Comercio dispondrá la distribución de os cargos temporales mediante acto administrativo y ubicará el personal en la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales.

Artículo 3°.

Los empleos de carácter temporal creados en el presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Único número 1083 de 2015, y demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 4°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2017.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría. La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture Pinedo. La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.

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